La Subdirección General de Políticas de Personal

La Subdirección General de Políticas de Personal

La Subdirección General de Políticas de Personal es el órgano al cual le corresponde la realización de las siguientes funciones:

a) Llevar a cabo la negociación en los términos de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre , del Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, y del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre , por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
b) Servir de canal con los agentes sociales e instituciones de otros servicios de salud o instituciones relacionadas por razón de competencias en materia de recursos humanos.
c) Impulsar la política de prevención de riesgos y coordinación en la materia de prevención de riesgos laborales.
d) Elaborar las propuestas de resolución de recursos administrativos y reclamaciones previas en materia de personal y prepara y tramita los expedientes judiciales correspondientes.
e) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

Para el cumplimiento de sus funciones contará, con nivel orgánico de servicio, con las siguientes unidades:
  • Servicio de Relaciones Laborales (Funciones):

  • a) La ejecución y el diseño de las relaciones laborales con las organizaciones sindicales y órganos de representación del personal, y el seguimiento y control de sus derechos.
  • b) La elaboración y propuesta de las líneas de actuación en la negociación colectiva, participación en su desarrollo, y control y seguimiento de los acuerdos derivados de ella.
  • c) La planificación, el seguimiento y el apoyo documental a las mesas de negociación del personal.
  • d) La canalización y el informe de las relaciones individualizadas con el personal dependiente del Servicio Gallego de Salud.
  • e) La elaboración de informes y respuestas que se requieran en relación con las peticiones de las diferentes instituciones, así como apoyo técnico-jurídico en las materias de competencia de la subdirección.
  • f) Aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

  • Servicio Central de Prevención de Riesgos Laborales (Funciones):

  • a) La planificación en materia de prevención de riesgos, y la coordinación y el asesoramiento de las unidades de prevención de riesgos laborales dependientes de las instituciones sanitarias, y a los servicios centrales del Servicio Gallego de Salud.
  • b) El seguimiento y control de la ejecución de los planes aprobados en materia de prevención, la implantación del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales, así como la gestión de los sistemas de información y seguimiento de la calidad de la información en materia de prevención.
  • c) La participación en la Comisión Central de Seguridad y Salud, o en los órganos de información, consulta y participación de los trabajadores y trabajadoras en materia de prevención de riesgos que se constituyan.
  • d) El análisis y las propuestas de mejora de las condiciones de trabajo existentes en los centros del Servicio Gallego de Salud.
  • e) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

  • Servicio de Régimen Jurídico (Funciones):

  • a) Realización de los trámites e informes que procedan en relación con las solicitudes de compatibilidad formuladas por el personal del organismo.
  • b) Preparación de los antecedentes, diligenciar las comunicaciones judiciales y emitir los informes que procedan sobre las controversias que se sustancien en la vía jurisdiccional.
  • c) Apoyo técnico-jurídico en las materias de competencia de la dirección general que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.
  • d) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

  • Servicio de Recursos y Reclamaciones (Funciones):

  • a) El estudio previo y la preparación de las propuestas de resolución de los recursos administrativos en las materias atribuidas a la Dirección General de Recursos Humanos.
  • b) El análisis y preparación de las propuestas de resolución de las reclamaciones que se presenten contra resoluciones en materia de recursos humanos.
  • c) La propuesta de criterios generales para la mejora de la política y de la gestión del personal gestionado por el organismo y, en general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.