Información sobre las Reclamaciones

Información sobre las Reclamaciones

Las reclamaciones sobre proveedores de otros estados miembros se harán en el estado miembro donde se realice la asistencia.
 
Contra las resoluciones de autorización o reembolso del Servicio Gallego de Salud cabe interponer reclamación administrativa previa a la vía xurisdicional social, de acuerdo con el señalado en el artículo 71 de la Ley 36/2011, del 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.