La Subdirección General de Selección de Personal

La Subdirección General de Selección de Personal

La Subdirección General de Selección de Personal es el órgano al que corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Gestión de los procesos de selección y provisión del personal estatutario.
b) Gestión de los procesos de selección del personal sanitario funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre .
c) Ejercicio de las competencias en materia de expediente personal electrónico de los/las profesionales del Sistema público de salud de Galicia.
d) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

Para el cumplimiento de tales funciones contará, con nivel orgánico de servicio, con las siguientes unidades:
  • Servicio de Selección Fija y Provisión (Funciones):

  • a) La preparación y ejecución de las ofertas de empleo público del personal del organismo, en especial del personal estatutario y del personal sanitario funcionario incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 17/1989, de 23 de octubre .
  • b) La ejecución de los distintos sistemas de provisión de puestos de trabajo para el personal estatutario dependiente del organismo.
  • c) El asesoramiento, el estudio y la elaboración de informes y propuestas en dichas materias.
  • d) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

  • Servicio de Selección Temporal (Funciones):

  • a) La preparación y ejecución de los procesos de selección de personal estatutario temporal, y del personal funcionario de la Ley 17/1989, de 23 de octubre, dependiente del organismo o consellería competente en materia de sanidad, en aplicación de las normas que regulen dicha cobertura.
  • b) La gestión de llamamientos de las listas para la cobertura temporal de puestos de personal funcionario de la Ley 17/1989, de 23 de octubre.
  • c) La preparación y ejecución de los procesos de promoción profesional temporal del personal estatutario fijo.
  • d) El asesoramiento, el estudio y la elaboración de informes y propuestas en dichas materias.
  • e) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.

 

  • Servicio de Gestión del Expediente Profesional Electrónico (Funciones):

  • a) El desarrollo, la gestión y el seguimiento del expediente personal electrónico de los/las profesionales del Sistema público de salud de Galicia, a través del sistema de información corporativo Fides/Expedient-e.
  • b) La coordinación de las unidades administrativas periféricas de gestión del expediente personal electrónico, así como el asesoramiento en la materia a los órganos directivos del Servicio Gallego de Salud, de la consellería competente en materia de sanidad e instituciones sanitarias del Sistema público de salud de Galicia.
  • c) La elaboración de las instrucciones, manuales y guías de actuación en materia del expedient-e electrónico personal, la programación de acciones formativas y demás acciones que faciliten el debido conocimiento y su acceso a las personas usuarias y profesionales.
  • d) El establecimiento de propuestas de mejora y optimización de la gestión y desarrollo del sistema.
  • e) En general, aquellas otras funciones que, dentro de su ámbito, le sean asignadas.